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Lanbide abre la convocatoria de ayudas de apoyo a las personas emprendedoras

Las subvenciones oscilan entre 2.500 y 3.500 euros por emprendedor, cifra que aumenta si se trata de menores de 30 años o mujeres
Lanbide abre la convocatoria de ayudas de apoyo a las personas emprendedoras
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Lanbide ha abierto la convocatoria de ayudas de apoyo a las personas emprendedoras, dotada con 2,5 millones de euros. La mayor cuantía (1,8 millones) se destinará a subvencionar a las personas que han iniciado una actividad empresarial, para la consolidación de la misma, mientras 700.000 euros irán a las personas que inician una actividad empresarial y requieren un apoyo económico para el establecimiento de la misma.

Las personas físicas que hayan iniciado una actividad empresarial, para la consolidación de la misma, tienen de plazo hasta el próximo 31 de octubre para pedir las subvenciones de 2.500 euros por persona promotora. Esta cuantía se verá incrementada en un 15% si es mayor de 18 años y menor de 30 años en el momento de presentar la solicitud y en otro 15% adicional en el caso de ser mujer.

En el supuesto de socios integrantes de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles, en ningún caso la subvención superará la cantidad de 6.000 euros para el conjunto de los socios.

Establecimiento del negocio

Por su parte, la ayuda a conceder a las personas que inician una actividad empresarial y requieren un apoyo económico para el establecimiento de la misma será de 3.500 euros por persona promotora. Esta cuantía se verá incrementada en un 15% si es mayor de 18 años y menor de 30 años en el momento de presentar la solicitud y en otro 15% adicional en el caso de ser mujer.

En el supuesto de socios integrantes de Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles, en ningún caso la subvención superará la cantidad de 10.000 euros para el conjunto de los socios.

Podrá ser objeto de subvención las inversiones en activos fijos directamente relacionados con la actividad como: construcciones (incluido el estudio técnico del arquitecto), excepto adquisición de locales; maquinaria; instalaciones; utillaje; mobiliario; equipos para procesos de información; y elementos de transporte afectos directa y exclusivamente a la actividad empresarial o profesional.

La persona beneficiaria deberá realizar las inversiones subvencionables por una cuantía mínima de 5.000 euros en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y la fecha de solicitud de la subvención. Estas inversiones deberán permanecer afectas a la actividad empresarial durante un periodo mínimo de dos años desde su adquisición (fecha de la factura).

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