Economía

Acabar con las deudas gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad

Se trata de una normativa que está diseñada para personas o empresas que llegan al punto de no poder hacer frente a las deudas acumuladas
Acabar con las deudas gracias a la Ley de la Segunda Oportunidad
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Para todas aquellas personas o empresas que han acumulado deudas, hay que saber que, en la actualidad, existe una normativa efectiva para este tipo de situaciones, puesto que ayuda a los usuarios a acabar con dichas deudas o reducirlas, se trata de la Ley de la Segunda Oportunidad. Esta norma se ha vuelto muy popular desde hace unos años, especialmente tras la crisis provocada por la Covid-19, en la que muchas entidades del país estuvieron al borde de la quiebra.

Aunque no es una situación de buen gusto, lo cierto es que hay momentos en los que autónomos y empresas pueden verse bastante apurados en materia financiera, es entonces cuando llegan las crisis. Hay que decir que situaciones de este tipo como la que trajo consigo la pandemia hacen que muchas entidades empiecen a acumular deudas, llegando un momento en el que no pueden hacer frente a los pagos que corresponden. No hay que olvidar que en los últimos 15 años España ha vivido dos momentos de crisis importantes, la de 2008 y la de 2020 y que hay empresas que nunca se han recuperado de ninguna.

Es en este contexto donde entra en juego la Ley de la Segunda Oportunidad, ya que permite que estas empresas puedan hacer frente a las deudas o incluso eliminarlas por completo, siempre que se cumplan una serie de requisitos esenciales.

¿En qué consiste exactamente la Ley de la Segunda Oportunidad?

Tal y como su nombre indica, se trata de una normativa que está diseñada para aquellas personas o empresas cuya situación económica se ha visto mermada y ha llegado un punto en el que no pueden hacer frente a las deudas acumuladas. Así, si cumplen unos requisitos establecidos en la propia norma, los afectados pueden acogerse a la ley y de esta manera reducir la cantidad o incluso exonerar del pago.

Se trata de una ley que se aprobó en el año 2015, no obstante, ha sido en los últimos años cuando ha cobrado un mayor protagonismo. Hay que decir que esta norma está disponible para autónomos y empresas, sabiendo que, para acogerse a ella, el proceso es algo complejo y hay que tener en cuenta numerosos detalles, de ahí que siempre se recomiende en estos casos contratar los servicios de abogados segunda oportunidad Madrid u otra localidad, ya que son expertos profesionales en este terreno que guiarán y asesorarán en todo momento.

¿Cómo es el proceso para acogerse a esta normativa?

Si se necesita acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, una de las primeras cosas que hay que tener en cuenta es que es recomendable intentar llegar a un acuerdo extrajudicial con los acreedores, sería el primer paso antes de acogerse a la normativa como tal. En cualquier caso, el proceso es tutelado en todo momento por el juez y por el que la persona o empresa afectada tiene la oportunidad de liquidar sus bienes y de esta forma hacer frente a las deudas. Lo normal es que se pacte un calendario de pagos. Si bien, la ley cobra aún más fuerza cuando el deudor no cuenta con bienes ni activos para poder hacer frente a dicha deuda y termina el concurso de acreedores.

¿Qué requisitos hay que cumplir?

Como se ha mencionado anteriormente, para poder acogerse a esta normativa es imprescindible cumplir una serie de requisitos básicos. De esta forma, aquellos que quieran acogerse a la norma no pueden presentar antecedentes penales denominados socioeconómicos o contra la salud pública.

Asimismo, otro de los requisitos importantes es que no puede haber cobrado el paro en los últimos cuatro años, ni tampoco haber renunciado a una oportunidad de empleo que le haya ofertado el Servicio Público de Empleo Estatal, más conocido como SEPE.

También es importante recalcar que la deuda que se presente no puede en ningún caso ser mayor a 5 millones de euros y que, además, es esencial que al menos se cuente con dos acreedores. Por último, hay que decir que para acogerse a esta ley, el interesado no puede haber hecho el proceso en la última década.

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