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2024-12-23T12:00:00

¿Emanciparte? Ahora más fácil con Emantzipa

EMANTZIPA es una ayuda del Gobierno Vasco para favorecer la emancipación de personas jóvenes entre 25 y 29 años
¿Emanciparte? Ahora más fácil con Emantzipa
Imagen de la campaña / Lanbide
Banner de Cáritas Bizkaia (Rotación) en Bilbao

EMANTZIPA es una ayuda del Gobierno Vasco para favorecer la emancipación de personas jóvenes entre 25 y 29 años. Si quieres iniciar tu proyecto de vida, ahora lo tienes más fácil para emanciparte. O si ya vives solo o sola, te ayudamos a que puedas consolidar tu emancipación.

Solicitarla te llevará unos minutos

Podrás tramitar la solicitud online de forma sencilla, desde un ordenador o móvil.

Para ello ten en cuenta:

Además, puedes realizar la solicitud en este enlace. Después de completar el modelo de solicitud, imprímelo y entrégalo en el servicio de atención a la ciudadana Zuzenean.

El plazo para la presentación de solicitudes tendrá su inicio desde el 20 de febrero de 2024 hasta el 29 de noviembre de 2024, ambos inclusive.

¿Qué pasa después?

  • En un plazo máximo de 6 meses te informaremos sobre el resultado de tu solicitud.
  • Si se detecta la necesidad de subsanación de la documentación entregada, te lo notificaremos para que en el plazo de 10 días hábiles la completes o subsanes.
  • Si tu solicitud ha sido aprobada, tendrás derecho a cobrar la ayuda a partir del día 1 del mes siguiente a la fecha en que tu solicitud conste como completa en nuestro registro electrónico.

¿Qué tendrás que hacer durante el tiempo que dura la ayuda?

  • Debes cumplir los requisitos y obligaciones de la ayuda durante todo el periodo que la recibas, debiendo acreditarlos en los plazos y modo establecido para ello.
  • Realizaremos la revisión de tus ingresos coincidiendo con la finalización del periodo fiscal que marcan las haciendas forales (mes de julio para ingresos de año anterior). Ej. En julio de 2025 Emantzipa realizará la revisión de ingresos de 2024.
  • En el plazo de un año desde el primer pago de la ayuda, se realizará una revisión del resto de requisitos.
  • Si has alquilado una vivienda, en el plazo de un año desde el primer pago de la ayuda, te pediremos el justificante bancario del último pago realizado. En el justificante deberán ser visibles los nombres y apellidos de la persona ordenante y de la persona receptora, la cuenta de la persona ordenante, la cuenta de la persona receptora, la fecha y el importe abonado.
  • Si has comprado una vivienda, anualmente te pediremos el justificante bancario del último pago de la hipoteca o del préstamo personal, y el Certificado emitido por el Servicio Índices Apéndices del Registro de la Propiedad (Nota Simple) donde deberá constar que eres titular o cotitular de la vivienda.

Requisitos generales

  • Debes tener entre 25 y 29 años, ambos incluidos.
  • Estar empadronado/a en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Euskadi con una antigüedad de, al menos un año previo a la solicitud, o, 3 años de empadronamiento continuados en los últimos 10 años.
  • Tienes que ser titular de un contrato de arrendamiento, a título individual o como coarrendatario/a (compartiendo vivienda), o de compraventa, a título individual o como copropietario/a y que suponga un desembolso económico mensual acreditable (renta/pago alquiler, hipoteca o préstamo personal).
  • No puedes ser propietario/a de una vivienda distinta a la del domicilio habitual, salvo que acredites no poder disfrutar de ella (por causas de separación o divorcio u otros motivos ajenos a tu voluntad).
  • La vivienda tiene que ser el domicilio habitual y permanente de las personas que solicitáis la ayuda (tendrás que estar empadronado/a en esa vivienda).
  • No puedes tener vínculos familiares con la persona que alquila la vivienda (hasta segundo grado). En el caso de la compra, puedes comprar la vivienda a un familiar sin limitación alguna.
  • El importe del alquiler, la hipoteca o el préstamo tienes que abonarlo mediante transferencia bancaria, Bizum, pago electrónico…

Requisitos económicos 2024

Los límites de ingresos mínimos y máximos se actualizarán anualmente. Los límites de la convocatoria de 2024 son:

  • Si tributas de manera individual: ingresos anuales superiores a 3.000 euros e inferiores a 28.000 euros.
  • Si tributas de manera conjunta: ingresos anuales superiores a 3.000 euros e inferiores a 34.000 euros.

Se computan los rendimientos íntegros del trabajo, de actividades económicas, del capital mobiliario e inmobiliario, las ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de rentas, así como las rentas exentas, menos los correspondientes gastos deducibles del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Las pensiones compensatorias y anualidades de alimentos serán tenidas en cuenta tanto como ingresos de la persona ex cónyuge o ex pareja de hecho que las perciba, como minoración de ingresos de la persona ex cónyuge obligada a abonarlas, siempre y cuando la persona ex cónyuge o ex pareja de hecho obligada a abonarlas pruebe documentalmente que las ha satisfecho de forma efectiva.

No computarán las siguientes cuantías:

  • Programa Emantzipa,
  • Programa Gaztelagun,
  • Prestación Complementaria de Vivienda y Prestación Económica de Vivienda.
  • Ayudas de emergencia social destinadas al pago del alquiler.
  • Saldos netos de ganancias y pérdidas patrimoniales que resulten negativos.

Además, no puedes tener bienes, derechos o activos financieros por importe superior a 75.000 euros, salvo que estén destinados a una actividad empresarial o profesional, y excluida la vivienda habitual.

NOTA: Si en el momento de la solicitud de la ayuda no se ha realizado la declaración de la renta y/o no están disponibles los datos fiscales de las Haciendas Forales correspondientes al ejercicio anterior, en el momento de la solicitud se tendrá que presentar la documentación que acredite que se cumple con los límites de ingresos establecidos en este apartado (nóminas, 10T, otros justificantes de ingresos, etc.).

Incompatibilidades

Debes tener en cuenta que Emantzipa es incompatible con:

  • Ser inquilino/a en una vivienda de protección pública (por ejemplo, en Alokabide, Viviendas Municipales de Bilbao, Donostiako Etxegintza u otras administraciones).
  • Ser inquilino/a en una vivienda privada del programa de vivienda vacía Bizigune o del programa ASAP (Alokairu Segurua, Arrozoizko Prezioa).
  • Tener una vivienda de protección pública en propiedad, salvo que acredites la no disponibilidad plena.
  • Disfrutar de una vivienda que no ocasione gastos acreditables (por ejemplo, si te han cedido el uso de una vivienda familiar o la has heredado libre de cargas).

Compatibilidades

Emantzipa es compatible con ser beneficiaria de las siguientes ayudas y prestaciones:

  • Renta de garantía de ingresos (RGI), ingreso mínimo vital (IMV), y otras rentas de inserción social.
  • Programa Gaztelagun.
  • Prestación Complementaria de Vivienda (PCV) y Prestación Económica de Vivienda (PEV).
  • Ayudas de Emergencia Social (AES).
  • Ayudas municipales o de otras Administraciones y Entidades Públicas para los gastos de alquiler o que favorezcan la emancipación.

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