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CCOO, UGT y USO convocan huelga indefinida el 27 de marzo en Groundforce, 'handling' que opera 12 aeropuertos
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Aeropuerto / Deposit Photos
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CCOO, UGT y USO han comunicado el inicio de un huelga indefinida el próximo 27 de marzo en Groundforce, empresa de ‘handling’ de Globalia que opera en 12 aeropuertos españoles –incluidos Bilbao, Madrid, Barcelona o Palma de Mallorca–, debido a desavenencias laborales dentro de la negociación de un nuevo convenio colectivo.

Tal y como detalla el comunicado conjunto, las protestas serán con paros parciales los lunes, miércoles y viernes, a lo largo de tres franjas horarias: de 5.00 a 7.00 horas, de 11.00 a 17.00 horas y de 22.00 a 00.00 horas.

En el marco de la comisión paritaria del convenio colectivo, los sindicatos han denunciado un desacuerdo con la compañía sobre la correcta aplicación de las tablas salariales y, en particular, sobre la aplicación del diferencial derivado del IPC y la garantía del poder adquisitivo recogida en el artículo 94.

Recuperación salarial

Para las tres partes, no es aceptable que, «bajo una interpretación unilateral de la empresa en el art.96, que nada tiene que ver con su intención de invalidar el art.94 (recuperación del poder adquisitivo), la empresa deje sin efecto la recuperación salarial acordada para los grupos laborales de administrativos y agentes, dejando la subida en un 4,58% en conceptos fijos, cuando debería ser un 7,82%, al igual que el resto de grupos y categorías laborales, según las tablas salariales del 2026 presentadas por la empresa».

Con todo ello, desde CCOO, UGT y USO han hecho un llamamiento a toda la plantilla de Groundforce para secundar los paros convocados, destacando que la participación es «clave» para reforzar su posición y alcanzar una solución justa.

«Esta convocatoria tiene como objetivo defender el cumplimiento íntegro del convenio colectivo y garantizar la recuperación salarial que corresponde a todos los grupos y niveles afectados», han defendido, además.

Erreklamatu

ERREKLAMATU, expertos en reclamaciones aéreas, recuerda que este tipo de situaciones, al tratarse de una huelga de personal externo a la aerolínea, se considera como circunstancia extraordinaria. Esto tiene una consecuencia clave: las compañías no están obligadas a pagar indemnizaciones por retrasos o cancelaciones.

Sin embargo, eso no significa que el pasajero quede desprotegido. “Es importante aclarar que, aunque no haya derecho a compensación económica, el pasajero sí mantiene otros derechos fundamentales”, tal y como explica Jon Ortiz desde esta entidad.

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