La Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha respaldado este jueves la Ley Orgánica de Amnistía, al concluir que la norma aprobada para normalizar la situación política en Cataluña no vulnera el Derecho de la Unión Europea.
Dos sentencias vinculantes sobre la amnistía
El tribunal con sede en Luxemburgo se ha pronunciado mediante dos sentencias vinculantes sobre sendas cuestiones prejudiciales planteadas por órganos judiciales españoles.
Estas resoluciones forman parte de los cuatro asuntos remitidos al TJUE ante las dudas sobre la compatibilidad de la Ley de Amnistía con la normativa comunitaria.
El abogado general del tribunal ya descartó, en un dictamen no vinculante publicado en noviembre, que la norma pudiera considerarse una «autoamnistía» o que perjudicara los intereses financieros de la Unión Europea.
El uso de fondos públicos para el ‘procés’
La primera sentencia responde a las dudas planteadas por el Tribunal de Cuentas sobre la responsabilidad contable del expresidente catalán Carles Puigdemont y de otras personas investigadas por el uso de fondos públicos para financiar el ‘procés’.
El TJUE debía aclarar si la aplicación de la amnistía en este procedimiento podía afectar a las obligaciones de España en materia de protección de los intereses económicos de la Unión Europea.
La investigación por terrorismo a los CDR
La segunda resolución responde a una cuestión prejudicial de la Audiencia Nacional relacionada con la investigación por un presunto delito de terrorismo contra miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR).
Con estas dos sentencias, la Justicia europea concluye que la aplicación de la norma en los casos examinados no entra en conflicto con las reglas de la Unión Europea.