Divorcio, alquiler, derecho de representación y curatela: las claves en Apuntes Jurídicos

El espacio aborda la recuperación de vivienda por necesidad del arrendador o el derecho de representación en herencias

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Divorcio, alquiler, derecho de representación y curatela: las claves en Apuntes Jurídicos

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En “Apuntes Jurídicos” de EgunOn Bizkaia, Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos‑Enríquez (RASL Abogados) han resuelto las consultas de la audiencia. El espacio ha abordado la recuperación de vivienda por necesidad del arrendador, el derecho de representación en herencias, las medidas de apoyo para personas con discapacidad y la protección de la herencia familiar.

La recuperación de vivienda por necesidad del arrendador

Se ha explicado que la ley ha previsto la recuperación de la vivienda por necesidad del propietario, pero han señalado varios requisitos: se ha aconsejado que la cláusula figure en el contrato, especialmente tras la reforma de 2019, que transcurra al menos un año de alquiler, que el preaviso mínimo sea de dos meses, que la necesidad se acredite documentalmente (por ejemplo, demanda o sentencia de divorcio, convenio regulador o inicio del procedimiento) y que la circunstancia sea sobrevenida: no se admite que el propietario ya hubiera previsto el divorcio al firmar el contrato.

Derecho de representación en herencias

Ante la consulta sobre el fallecimiento de un hijo o una hija antes que el padre o la madre, se ha aclarado que, salvo disposición contraria en testamento, los nietos y las nietas ocupan por derecho de representación el lugar de su padre o de su madre y concurren a la herencia junto al resto de descendientes.

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Se ha recomendado promover un procedimiento de medidas de apoyo ante el juzgado en lugar de contestar de inmediato a la demanda. Se ha propuesto solicitar la suspensión del procedimiento hasta el nombramiento de un representante (defensor judicial) para la persona afectada. Se ha planteado que, según el grado de afectación, se solicite un curador representativo, preferentemente un familiar que ya haya asumido tareas de cuidado y gestión.

Se ha indicado que esta figura permite la toma de decisiones en los ámbitos médico, patrimonial, económico y jurídico.

Cómo proteger la herencia frente a las parejas de los descendientes

Se ha apuntado que se haya limitado la transmisión de bienes fuera de la familia mediante testamento o pacto sucesorio con cláusulas específicas. Se ha sugerido establecer usufructos o, en casos complejos, fideicomisos, con el fin de salvaguardar los intereses familiares y evitar que el cónyuge o la pareja del descendiente ostente derechos sobre los bienes familiares.


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