El Testamento y el Pacto Sucesorio: Claves para evitar conflictos familiares en la herencia

La voluntad consensuada y las figuras del Derecho Civil Vasco permiten blindar el futuro patrimonial y la paz entre herederos

Podcast Sociedad

El Testamento y el Pacto Sucesorio: Claves para evitar conflictos familiares en la herencia

En la reciente sección de Apuntes Jurídicos de EgunOn Bizkaia, Sergio Ruiz, socio de RASL Abogados, ha dado respuesta a las inquietudes de la audiencia sobre un tema siempre delicado: cómo dejar organizada la herencia sin que ello suponga un foco de disputas entre los hijos. A través de casos prácticos como los de Begoña (Sestao) y Jon (Oñati), Ruiz ha desgranado las ventajas de ir más allá del testamento tradicional, apostando por figuras como el Pacto Sucesorio.

El Testamento: Una herramienta que a veces se queda corta

Aunque el testamento es el instrumento básico para recoger la voluntad de una persona, Sergio Ruiz advierte de sus limitaciones. El principal problema es que «el testamento surte su eficacia en el momento en que fallece la persona». En ese instante, el otorgante ya no está para aclarar dudas, lo que abre la puerta a múltiples interpretaciones por parte de los interesados.

«El conflicto no empieza cuando la persona fallece, empieza antes, con las sospechas de qué habrá dispuesto en el testamento», afirma Ruiz, señalando que estas dudas suelen alimentar comportamientos interesados o egoístas en el seno familiar.

El Pacto Sucesorio: Transmitir el patrimonio en vida y con consenso

Frente a la incertidumbre del testamento, el Derecho Civil Vasco ofrece una alternativa potente: el Pacto Sucesorio. Esta figura permite transmitir el patrimonio en vida, pero con una diferencia fundamental: requiere el consenso y la firma de todos los intervinientes.

Al ser un acuerdo compartido, «erradicamos por completo la posibilidad de conflicto». Todos los hijos conocen de antemano la voluntad de sus progenitores y las razones de sus decisiones, lo que evita sorpresas desagradables tras el fallecimiento.

¿Se puede compensar a un hijo que ya ha recibido mucho en vida?

Una de las consultas más frecuentes es si es posible «apartar» o dejar fuera de la herencia a un hijo que ya ha sido favorecido con donaciones previas. La respuesta es afirmativa.

En el País Vasco, la legítima colectiva (un tercio del total de la herencia) debe ir obligatoriamente a los descendientes, pero no tiene por qué repartirse a partes iguales entre todos ellos. Se puede elegir a uno o varios hijos para recibir esa legítima, apartando al resto sin necesidad de una causa justificada.

«Podemos apartar sin causa justificada a cualquiera de los hijos», explica Ruiz, lo que permite equilibrar el reparto si uno de ellos ya ha recibido ayudas importantes en vida.

Conclusión: La importancia de actuar a tiempo

La recomendación desde RASL Abogados es clara: no esperar a una edad avanzada para organizar la sucesión. «Tenemos que avanzar hacia la posibilidad de otorgar un testamento en una fase temprana, pero sobre todo abordar la posibilidad de dejarlo todo arreglado para erradicar las disputas».

Informarse y asesorarse correctamente sobre las opciones que ofrece el Fuero Vasco es el primer paso para asegurar que el patrimonio familiar cumpla su función de apoyo y no se convierta en una fuente de ruptura.


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