Herencias en Bizkaia. Cómo evitar conflictos y aprovechar la exención de 400.000 €

RASL Abogados resuelve las consultas de la audiencia sobre transmisión de bienes

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Herencias en Bizkaia. Cómo evitar conflictos y aprovechar la exención de 400.000 €

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Sergio Ruiz, de RASL Abogados, subraya que la planificación de herencias y donaciones resulta fundamental para evitar conflictos familiares y decisiones precipitadas. El abogado insiste en que muchas personas afrontan la compra de vivienda o la firma de hipotecas sin asesoramiento, cuando supone la mayor inversión de sus vidas. En materia sucesoria, recalca que contar con información jurídica y fiscal permite tomar decisiones en el momento oportuno.

Ventanas fiscales en Bizkaia: exención de 400.000 € para descendientes

Ante la consulta de una oyente de Leioa que ha anunciado que ha recibido 200.000 € en herencia, Ruiz ha explicado que, en Bizkaia, los descendientes (hijos y nietos) cuentan con una exención de 400.000 €, por lo que en ese supuesto no se deviene cuota del Impuesto sobre Sucesiones. En parentescos más lejanos, ha precisado que la tributación es superior y depende de la escala de la Hacienda Foral. También ha recomendado estudiar si la recepción se produce por herencia, legado o pacto sucesorio, para optimizar la carga fiscal.

Proteger a la persona mayor: el valor del pacto sucesorio

Ruiz ha defendido el pacto sucesorio como herramienta para ordenar la transmisión en vida y ha destacado que la prioridad es proteger a la persona que transmite los bienes. En un contexto de dependencia y costes de cuidados, ha señalado que planificar evita dilapidar patrimonios destinados a estancias residenciales. Además, ha subrayado que la ayuda a hijos e hijas puede adelantarse al momento en el que más la necesitan, sin desproteger a quien ayuda.

Capacidad y testamentos: qué pasa cuando existe influencia de terceros

A propósito de la pregunta de un oyente de Markina‑Xemein sobre el testamento de su padre, supuestamente influido por una hermana, Ruiz ha explicado que el testamento debe otorgarse con plena capacidad y que el notario realiza un juicio de capacidad. Sin embargo, advierte de que esos juicios pueden resultar frágiles y que, en ocasiones, se precisa un informe médico para acreditar la falta de capacidad. En esos casos, el testamento es susceptible de impugnación por nulidad de pleno derecho. Ha matizado que el hecho de que una persona sea influenciable no implica necesariamente que no haya tenido capacidad.


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