En una sociedad de libre mercado, los precios son libres. Pero en los establecimientos hosteleros el precio siempre debe estar reflejado en la lista de precios. La información debe ser completa, tiene que estar a la vista del usuario y tiene que mostrar los precios finales y completos, con el impuesto incluido. Además, por ley, los establecimientos deben siempre ofrecer a los usuarios agua del grifo, no envasada y de manera gratuita. En cuanto al cobro del servicio de terraza, sí pueden hacerlo. Pero deben detallar el coste del servicio y aclarar la cuantía. Porque no basta un porcentaje del precio. Es preciso haber informado con antelación del importe, indicándolo en la carta y el establecimiento. Y debe aparecer en la factura.
Abusos que pasan desapercibidos
Hemos hablado con Miryam Vivar, portavoz de OCU, sobre algunas sorpresas que nos podemos encontrar, sobre todo cuando nos sentamos en una terraza. Y nos ha dado alertas sobre las cosas que te cobran sin que te enteres. Por ejemplo, te pueden cobrar por un aperitivo que te colocan en la mesa sin que lo hayas pedido. Debes preguntar si es gratis o no. Y si lo consumes, te lo podrán cobrar. Sólo se puede cobrar por el servicio de pan si está en la lista de precios. A juicio de OCU, cobrar por el hielo de un refresco, un café o agua es tan abusivo como si te cobraran por usar la vajilla. Pero si lo decide el establecimiento, para poder hacerlo debería indicar en la lista de precios el coste del producto con y sin hielo. Lo mismo sucede con la leche del café.
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