Plantilla de OTA-Bilbao: "Parece que somos el desecho de los servicios del ayuntamiento"

El presidente del comité, Gabi Sáez, asegura que si no hay acuerdo "el 1 de octubre saldremos a la huelga"

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Plantilla de OTA-Bilbao: «Parece que somos el desecho de los servicios del ayuntamiento»

Archivo - Imagen de un parquímetro de la OTA en Bilbao / AYUNTAMIENTO DE BILBAO
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El comité de OTA-Bilbao interpuso una demanda en contra de la obligación del conducir el vehículo (visual-car) para el control de la OTA. Este pasado 13 de Junio salió sentencia judicial dando la razón a ELA y considerando que la empresa ha realizado una modificación sustancial de las condiciones de trabajo y ha vulnerado el derecho a la libertad sindical del comité de empresa de la OTA de Bilbao. Además condena a la empresa a abonar a la parte demandante una indemnización de daños y perjuicios que asciende a 7.500 euros. Desde el sindicato ELA seguiremos luchando como hasta ahora para que la clase trabajadora esté protegida y no se vulnere ninguno de sus derechos. El presidente del comité de empresa de OTA, Gabi Sáez, actualiza la situación del conflicto.

Todo el conflicto se remonta al pasado 23 de Febrero de 2023 cuando el comité de empresa de la OTA de Bilbao mandó un comunicado a su plantilla para instarles a dejar de realizar las funciones de visual car que se habían venido realizando por parte de la misma de manera voluntaria en los últimos años. Esta petición vino motivada por el incumplimiento por parte de la empresa de las promesas realizadas a dicho comité para realizar esas funciones, y por la falta de regulación de este puesto de trabajo en el convenio colectivo de aplicación y de las funciones que conlleva.

La empresa contestó rechazando el carácter voluntario de la prestación laboral en estos vehículos y confiriendo a la misma un carácter obligatorio por lo que se obligó a la plantilla a seguir realizando dichas funciones. Por ello, la sección sindical de ELA de la OTA de Bilbao trasladó la problemática al servicio jurídico del sindicato y decidió proceder con un conflicto colectivo. En dicha demanda se denunciaban dos cosas: una modificación sustancial de las condiciones de trabajo ya que la empresa cambió el carácter voluntario de los coches por la obligatoriedad. Y la vulneración del derecho de libertad sindical ya que el comité adoptó la decisión de que la plantilla se pudiese bajar de los coches como medida de confrontación por la posición mantenida por la empresa en la negociación colectiva.


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