¿Qué pasa si no hay testamento y la familia no se aclara? Las claves del Derecho Civil Vasco

Sergio Ruiz desgrana cómo gestionar una herencia sin acuerdo y las ventajas del pacto sucesorio para evitar conflictos familiares

Podcast Sociedad

¿Qué pasa si no hay testamento y la familia no se pone de acuerdo?

En esta ocasión, el abogado Sergio Ruiz ha abordado dos escenarios comunes que suelen generar tensiones en el entorno familiar: la ausencia de testamento y la voluntad de los padres de transmitir una vivienda a sus hijos sin que estos puedan venderla de forma inmediata.

Sucesión sin testamento: El orden y la declaración de herederos

Cuando una persona fallece sin dejar testamento, el primer paso no es el reparto de bienes, sino establecer quiénes tienen derecho a ellos según el Derecho Civil Vasco. Sergio Ruiz explica que existe un orden legal establecido: «primero serían los descendientes (hijos o nietos), después los ascendientes (padres) y finalmente la línea colateral (hermanos, tíos o sobrinos)».

Para que estos familiares puedan actuar, es imprescindible realizar una declaración de herederos mediante un acta de notoriedad ante notario. Este proceso, que dura aproximadamente un mes, permite designar oficialmente a las personas llamadas a la sucesión. Ruiz enfatiza que «cualquiera de los interesados puede acudir a un notario para realizar este trámite», independientemente de si el resto de la familia está de acuerdo o no en ese momento inicial.

El conflicto en el reparto: La vía judicial como último recurso

Una vez designados los herederos, llega el punto crítico: la aceptación y el reparto de los bienes (el inventario). Si no hay consenso sobre qué bienes integran la herencia o cómo adjudicarlos, la ley ofrece mecanismos para desbloquear la situación.

  • Formación de inventario: Si no hay acuerdo sobre las propiedades o cuentas, se puede instar una fase judicial. Según el abogado de RASL, es un «procedimiento sencillo donde el Letrado de la Administración de Justicia busca un acercamiento entre los herederos para que se avengan a un acuerdo».

  • El contador-partidor: En casos de bloqueo total en la adjudicación de «lotes» o bienes específicos, el juez puede designar a un abogado externo (contador-partidor) para que decida el reparto, intentando siempre evitar el condominio (que un bien sea de varios a la vez).

No obstante, Ruiz es tajante: «La mejor forma de solucionar una testamentaría es con el consenso de todos; la vía judicial es costosa y se prolonga en el tiempo».

El Pacto Sucesorio: Heredar en vida con condiciones

Otra de las consultas analizadas ha sido la posibilidad de dejar una casa en herencia pero prohibiendo su venta inmediata. Aquí entra en juego la figura del Pacto Sucesorio, una herramienta muy potente en el País Vasco.

«Si se hace por pacto sucesorio, el hijo no va a poder vender el inmueble cuando quiera, sino que tendrá que contar con la autorización de los padres», explica Sergio Ruiz. Esta fórmula permite la transmisión de la propiedad «en vida», pero manteniendo el control y la protección de los instituyentes (los padres).

Ventajas de transmitir «en vida» bajo supervisión

El abogado destaca que el pacto sucesorio no solo ofrece «una exención fiscal importante en el Impuesto de Sucesiones», sino que garantiza la tranquilidad de los progenitores. Si el hijo intentara vender la vivienda sin consentimiento, «los propios padres podrían revocar esa transmisión».

En definitiva, esta figura permite que el patrimonio pase a la siguiente generación de forma ordenada, evitando que intereses «egoístas» o decisiones precipitadas pongan en peligro el bienestar familiar, siempre bajo la «supervisión y última palabra de los padres».


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