La vivienda y la gestión de los contratos de arrendamiento continúan situándose en el centro de las inquietudes legales de la ciudadanía. En la última entrega de la sección Apuntes Jurídicos del programa EgunOn Bizkaia, el letrado Pablo de los Ríos Enríquez, del bufete RASL Abogados, ha analizado las situaciones administrativas y contractuales más habituales a las que se enfrentan inquilinos, propietarios y trabajadores.
Prórroga extraordinaria del alquiler e hiperlegislación
Una de las incertidumbres más recurrentes entre los arrendatarios surge cuando solicitan la prórroga de su contrato al amparo de un Real Decreto que, con posterioridad, decae o es derogado por el Congreso. En estos supuestos, si la comunicación se ha realizado de forma fehaciente, dentro del periodo de vigencia de la norma y cumpliendo con los requisitos formales (tratarse de la vivienda habitual y tener vencimiento anterior a la fecha límite fijada), la solicitud conserva su validez jurídica. En virtud del principio de seguridad jurídica, no se pueden arrebatar con carácter retroactivo negativo los derechos adquiridos mientras la norma estuvo en vigor.
Aunque el arrendador pueda interponer una demanda de desahucio por expiración del plazo, el inquilino cuenta con argumentos sólidos para defender los dos años de prórroga. Teniendo en cuenta que un procedimiento judicial de este tipo puede demorarse entre uno y dos años en Bizkaia, la vía más práctica tras el inicio del proceso suele ser negociar una salida pactada entre las partes.
Actualización de la renta e IPC acumulado
Muchos inquilinos desconocen si el propietario puede exigirles el pago atrasado de la inflación tras varios años sin haber aplicado las revisiones anuales del alquiler.
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No es posible reclamar atrasos retroactivos: El arrendador no puede exigir dinero correspondiente a mensualidades pasadas que no fueron reclamadas en su momento.
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Sí se puede aplicar el acumulado: El propietario tiene derecho a actualizar la renta de golpe aplicando el IPC o índice correspondiente de todos los años pendientes para fijar la nueva cuota a partir del mes siguiente.
Bajas médicas de larga duración y tribunal médico
Al alcanzar los 18 meses de incapacidad temporal, la Seguridad Social asume de oficio el control del expediente para dictaminar el futuro laboral del trabajador. En este estadio, el tribunal evaluará si concede el alta o si inicia un expediente de incapacidad permanente, un trámite que puede prolongarse hasta 135 días. Durante este periodo de incertidumbre, el contrato de trabajo se mantiene en suspensión temporal y la empresa queda eximida de la obligación de cotizar por el empleado.
Para afrontar esta citación con garantías, resulta fundamental aportar informes detallados de médicos especialistas que no solo acrediten el diagnóstico y los tratamientos recibidos, sino también las secuelas y limitaciones funcionales consolidadas que impiden la reincorporación al puesto de trabajo.
Fugas de agua y el conflicto entre seguros de hogar
Ante los siniestros domésticos que causan desperfectos en las viviendas colindantes, disponer de una póliza de hogar vigente aporta una cobertura integral. Si las compañías aseguradoras no alcanzan un acuerdo sobre el origen o la cuantía de los daños y la parte afectada decide acudir a los tribunales, la aseguradora propia asume la defensa jurídica y el pago de las indemnizaciones que pudiera fijar el juez.
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