¿Qué puedo hacer si la empresa se echa atrás tras prometerme una prórroga?

Analizamos los derechos laborales ante renovaciones incumplidas y las novedades en la actualización de alquileres en Apuntes Jurídicos

Podcast Sociedad

¿Qué puedo hacer si la empresa se echa atrás tras prometerme una prórroga?

En la última edición de Apuntes Jurídicos en EgunOn Bizkaia, el abogado Pablo de los Ríos Enriquez, del bufete RASL Abogados, ha dado respuesta a varias consultas de los oyentes que afectan directamente al día a día de los ciudadanos: desde conflictos en contratos temporales hasta la gestión de la incapacidad y la vivienda.

El «arrepentimiento» empresarial: De la prórroga al despido

Uno de los casos presentados en la sección es el de un joven contratado por Amazon al que se le comunicó por escrito una prórroga de su contrato pero, finalmente, se le notificó telefónicamente que no se llevaría a cabo. Según De los Ríos, si existe una comunicación formal de renovación y la empresa se desdice el primer día, «se trata de una actuación bastante reprobable» que técnicamente podría considerarse un despido improcedente. El trabajador tendría 20 días hábiles para presentar una papeleta de conciliación. El abogado sugiere acudir a un sindicato en estos casos de cuantías pequeñas, ya que para un abogado privado la operación podría resultar «anti-económica» para el cliente debido a los honorarios frente a la indemnización a percibir.

Alquileres: ¿Cuándo pueden subirme el IPC?

Ante la duda de un oyente sobre si su casero puede aplicarle la subida del IPC en un contrato de 2020, la respuesta es afirmativa. Aunque la Ley de Vivienda de mayo de 2023 cambió las reglas de actualización, esta no tiene efectos retroactivos para contratos previos donde el IPC figure expresamente como índice de referencia. «Se deberá respetar ese índice hasta que ese contrato finalice». Solo los contratos firmados después de mayo de 2023 deben regirse por el nuevo índice (IRAV).

De la «incapacidad» a las medidas de apoyo (Curatela)

La normativa sobre personas con enfermedades degenerativas, como la demencia, ha dado un giro de 180 grados. La antigua «incapacidad civil» ha desaparecido para dar paso a la Ley de Medidas de Apoyo, que busca particularizar la ayuda en áreas concretasSi un familiar se niega a recibir tratamiento médico, se puede solicitar una curatela asistencial y representativa. Se trata de procedimientos rápidos que pueden resolverse en 3 o 4 meses. El juzgado citará a la persona a una evaluación en la clínica médico-forense para determinar qué apoyos necesita realmente.

Gran Incapacidad: ¿Es posible cobrar el 150% de la base?

Para quienes ya tienen reconocida una incapacidad absoluta pero sus patologías han empeorado hasta impedirles realizar tareas básicas (vestirse, comer, asearse), existe la Gran Incapacidad (antes Gran Invalidez). Esta prestación permite alcanzar el 150% de la base de cotización, destinando ese excedente a pagar a una tercera persona que asista al enfermo. Se disponen de 30 días para reclamar tras recibir la resolución de la absoluta. Si el plazo ha pasado, se puede pedir una revisión en cualquier momento, siempre que sea antes de cumplir la edad de jubilación. 


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