No es la primera vez que pasa porque ya son más de 40 sentencias a favor de los riders y la lucha contra los «falsos autónomos», pero nunca antes una sentencia ha tenido esta envergadura por el número de afectados. La sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso de Glovo hace tiempo que ya señaló el camino al cuestionar su modelo laboral y confirmar que sus repartidores ejercían como «falsos autónomos» y ahora, la justicia ha llegado a la misma conclusión sobre otra plataforma parecida, Deliveroo, también de reparto domiciliario de comida: el poder de decisión y autonomía de sus «riders» es mínima, por lo tanto, deben considerarse personal laboral, es decir, contratados, no autónomos. Hoy hemos valorado esta última sentencia, que afecta a 748 repartidores, y da la puntilla al modelo laboral de «colaboradores» que utilizan estas plataformas, con Dani Gutiérrez, portavoz de Riders X Derechos.
No es la primera vez que pasa porque ya son más de 40 sentencias a favor de los riders y la lucha contra los «falsos autónomos», pero nunca antes una sentencia ha tenido esta envergadura por el número de afectados. La sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso de Glovo hace tiempo que ya señaló el camino al cuestionar su modelo laboral y confirmar que sus repartidores ejercían como «falsos autónomos» y ahora, la justicia ha llegado a la misma conclusión sobre otra plataforma parecida, Deliveroo, también de reparto domiciliario de comida: el poder de decisión y autonomía de sus «riders» es mínima, por lo tanto, deben considerarse personal laboral, es decir, contratados, no autónomos. Hoy hemos valorado esta última sentencia, que afecta a 748 repartidores, y da la puntilla al modelo laboral de «colaboradores» que utilizan estas plataformas, con Dani Gutiérrez, portavoz de Riders X Derechos.