La aplicación de la normativa que regula la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en Bilbao será «plenamente efectiva» a partir de este lunes, 16 de septiembre, con la puesta en práctica del régimen sancionador, una vez cumplidos los tres meses de adaptación para que «las personas que acceden con sus vehículos se familiarizaran con las distintas restricciones» contempladas, según ha informado el Ayuntamiento.
La ordenanza entró en vigor el pasado 15 de junio y, desde entonces, el control de accesos ha estado «operativo en cuanto a la exigencia del cumplimiento de la normativa», si bien, como recoge la normativa, «además de las moratorias y su implementación progresiva, se establece un periodo de adaptación de tres meses».
En este plazo de tiempo, que finaliza este domingo 15 de septiembre, algunas de las personas que han incumplido la norma «han sido apercibidas como medida de concienciación para que, pasado este periodo, se reduzcan las infracciones, pero no han sido sancionadas».
En concreto, en estos meses se ha procedido al envío aleatorio de cartas informativas avisando a los conductores de la infracción cometida y de las posibles consecuencias en el futuro. En la gran mayoría de los casos las misivas han sido remitidas a los propietarios de los vehículos que con más frecuencia han accedido de forma indebida a la ZBE, ha precisado el Consistorio.
Los responsables municipales han destacado que la ordenanza de ZBE «permitirá mejorar la salud pública y la calidad del aire de Bilbao, así como fomentar la movilidad sostenible en la villa, cumpliendo así las directrices de la Unión Europea con el propósito de alcanzar los objetivos ambientales previstos para 2030″.
Con objeto de facilitar a la ciudadanía la información pertinente, así como la posibilidad de resolver dudas sobre la normativa, durante este periodo se han habilitado una oficina de información situada en la calle Ripa, un teléfono y una página web.
También se ha llevado a cabo una campaña de comunicación y sensibilización para ofrecer todos los detalles de la aplicación de la ordenanza, así como las indicaciones necesarias para su cumplimiento, que volverá a ponerse en marcha a partir de la semana próxima.
La ordenanza clasifica los vehículos según su potencial contaminante en categorías en función de su distintivo ambiental en función de lo establecido en el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, como vehículo poco contaminante (vehículo 0 emisiones, ECO y C), vehículo contaminante (vehículos B) y vehículo gran contaminante (vehículos A o sin etiqueta).
Según ha explicado el Ayuntamiento, cualquier persona puede consultar la categoría ambiental de su vehículo en la página web de la Dirección General de Tráfico y «no es necesario llevar distintivo alguno o la pegatina física en el vehículo ni solicitarla previamente».
El control de accesos a la ZBE se realiza mediante un sistema de cámaras de lectura de matrículas de los vehículos, conectadas a las bases de datos municipales y la DGT.
Según la ordenanza, desde el pasado 15 de junio pueden acceder libremente y circular por la ZBE, así como estacionar en ella, los vehículos considerados poco contaminantes, las bicicletas, bicicletas de pedaleo asistido, otros ciclos y los vehículos de movilidad personal.
Como norma general, tienen restringido el acceso, la circulación y el estacionamiento en la ZBE los vehículos contaminantes (B) y grandes contaminantes (A) en un horario determinado.
HASTA 200 EUROS
La regulación se aplica los días laborables, de lunes a viernes, de 7.00 a 20.00 horas. Quienes incumplan la normativa se enfrentarán a sanciones que pueden llegar hasta los 200 euros, según lo dispuesto por la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Ante estas restricciones, se han previsto exenciones para ciertos vehículos y situaciones, como los vehículos de personas residentes dentro de la ZBE antes de la entrada en vigor de la ordenanza, vehículos que transporten a personas con movilidad reducida, vehículos de emergencias y esenciales, vehículos históricos y los ciclomotores de menos de 50 cc y con una velocidad máxima por construcción de 45 km/h.
También se aplica a los vehículos que las personas residentes posean en régimen de alquiler, arrendamiento, usufructo, renting, leasing o a nombre de su empresa.
Además de estas exenciones, y con el fin de facilitar la implementación y adaptación de la norma, la ordenanza también establece una serie de moratorias y circunstancias específicas que aplazan la prohibición de acceso a la ZBE, entre ellas la que afecta a los vehículos con etiqueta B, que no verán restringido su acceso hasta el 15 de junio de 2025.