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Condenan al hermano de Pedro Sánchez a nueve años de inhabilitación por prevaricación

La Audiencia Provincial de Badajoz considera a David Sánchez cooperador necesario de un delito de prevaricación administrativa
Condenan al hermano de Pedro Sánchez a nueve años de inhabilitación por prevaricación
El hermano del presidente del gobierno David Sánchez; el exlíder del PSOE extremeño, Miguel Ángel Gallardo en el juicio en la Audiencia Provincial de Badajoz en junio / Pool - Archivo
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La Audiencia Provincial de Badajoz ha condenado a David Sánchez Pérez-Castejón, hermano del presidente del Gobierno, a nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para ejercer el derecho de sufragio pasivo.

La sentencia considera a David Sánchez cooperador necesario de un delito de prevaricación administrativa relacionado con la creación y adjudicación de una plaza pública en la Diputación de Badajoz. La resolución judicial no es firme y contra ella cabe recurso.

Dos condenas para Miguel Ángel Gallardo

El exsecretario general del PSOE de Extremadura y expresidente de la Diputación de Badajoz, Miguel Ángel Gallardo, ha sido condenado como autor de dos delitos de prevaricación administrativa.

El tribunal le impone por cada delito una pena de nueve años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para ejercer el derecho de sufragio pasivo.

Un plan para favorecer a David Sánchez

La sentencia sostiene que existen múltiples indicios acreditados mediante pruebas directas que permiten concluir que los acusados participaron en un plan ideado desde las «más altas instancias» de la Diputación de Badajoz.

Según el tribunal, los once acusados actuaron siguiendo un «plan preconcebido» y con unidad de acción para ejecutar diferentes decisiones administrativas destinadas a favorecer a David Sánchez.

Entre estas actuaciones se encontraba la creación urgente de una plaza de coordinador de actividades de los conservatorios. La resolución considera que el puesto era innecesario y estaba vacío de contenido, y que se antepuso el interés particular de su futuro adjudicatario al interés general.

Una plaza creada con opacidad e irregularidades

La Audiencia señala que la plaza fue creada con condiciones laborales y retributivas propias del personal de alta dirección. Posteriormente, fue adjudicada a David Sánchez vulnerando, según la sentencia, los principios de mérito y capacidad.

El procedimiento administrativo se desarrolló además con «opacidad e irregularidad», según el tribunal. La sentencia considera que la plaza había sido creada expresamente para ser adjudicada al hermano de Pedro Sánchez.

El puesto pasó posteriormente de denominarse coordinador de actividades de los conservatorios a jefe de la Oficina de Artes Escénicas. Para el tribunal, este cambio supuso una modificación sustancial de sus condiciones laborales con el objetivo de adaptarlas a las preferencias personales de David Sánchez por las actividades operísticas.

La contratación de un amigo de David Sánchez

La sentencia también analiza la creación de otra plaza pública de alta dirección que terminó ocupando Luis Carrero, amigo y antiguo colaborador de David Sánchez.

El tribunal considera que este segundo puesto también era innecesario y carecía de funciones concretas. Su finalidad habría sido permitir que Carrero continuara colaborando en las actividades operísticas de David Sánchez, aunque ambos habían sido nombrados para desempeñar puestos administrativos sin relación entre sí.

La resolución concluye que las decisiones adoptadas permitieron entregar a David Sánchez y Luis Carrero dos plazas de nueva creación financiadas con fondos públicos, desde las que podían dedicarse a sus actividades sin un control efectivo.

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