Uno de los cambios más significativos en nuestro ordenamiento es la desaparición del concepto de incapacidad civil tal y como lo conocíamos hasta ahora. Según explica Pablo de los Ríos, la legislación actual ya no busca absolutos, sino que se centra en particularizar las necesidades de la persona con discapacidad por áreas específicas. La figura estrella en este nuevo escenario es la curatela, la cual sustituye a la antigua tutoría como una fórmula más flexible y humana.
Existen principalmente dos modalidades de esta figura jurídica. Por un lado, encontramos la curatela asistencial, donde un profesional o familiar apoya a la persona sin que esta pierda su capacidad de decisión, asistiéndole en cuestiones concretas como la administración de su patrimonio o el control de tratamientos médicos. Por otro lado, la curatela representativa supone una sustitución de la capacidad, pero de forma limitada y específica. Por ejemplo, puede establecerse una curatela representativa únicamente para efectos económicos o para actuar en procesos judiciales. «Una persona por estar enferma no tiene por qué estar incapacitada para todas las cuestiones de su vida», destaca De los Ríos, señalando que mantener la autonomía en ciertas áreas es fundamental tanto a nivel psicológico como cívico.
Alquileres: ¿Qué pasa con la prórroga de dos años?
La actualidad jurídica también viene marcada por el Real Decreto Ley 8/2026, que introduce una prórroga extraordinaria de dos años para aquellos contratos de alquiler que finalicen antes del 31 de diciembre de 2027. A pesar de la incertidumbre sobre su convalidación definitiva en el Congreso, el experto de RASL Abogados es tajante al afirmar que, si un inquilino solicita la prórroga mientras la ley está vigente, esta debe cumplirse. Por ello, anima a quienes no deseen abandonar su vivienda a realizar la comunicación formal a sus arrendadores.
En cuanto al método de comunicación, aunque un mensaje de WhatsApp tiene validez teórica, De los Ríos advierte que puede presentar complicaciones de prueba en un juzgado. La recomendación profesional es utilizar siempre el burofax con acuse de recibo y certificación de contenido, ya que es la forma más segura de quedar tranquilo legalmente. Asimismo, sugiere que en los nuevos contratos se incluya siempre una cláusula que fije una dirección de correo electrónico oficial para este tipo de notificaciones, facilitando así los trámites futuros.
La excepción de las zonas tensionadas: El caso de Bilbao
Un detalle crucial que a menudo pasa desapercibido es que esta prórroga del Real Decreto no afecta a municipios declarados como zona tensionada, como es el caso de Bilbao, Galdakao o Barakaldo. En estas localidades, la normativa específica ya permite al inquilino solicitar prórrogas anuales hasta completar un total de tres años adicionales.
Por tanto, para los residentes en estas áreas, el debate sobre la convalidación del nuevo decreto es secundario, ya que cuentan con una protección previa y, en muchos aspectos, superior. «Si vives en Bilbao en una zona tensionada, esto te da igual porque ya tienes derecho a solicitar esas tres prórrogas adicionales», aclara el abogado, subrayando que este debate político está sirviendo, al menos, para dar a conocer estos derechos ciudadanos.
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