¿Cómo funciona la legítima colectiva en el Derecho Civil Vasco?

RASL Abogados detalla los aspectos fundamentales para transmitir el patrimonio a los nietos y las ventajas de los pactos sucesorios

Podcast Sociedad

¿Cómo funciona la legítima colectiva en el Derecho Civil Vasco?

En una nueva entrega de Apuntes Jurídicos en EgunOn Bizkaia, Sergio Ruiz, socio de RASL Abogados, responde a las dudas de los oyentes sobre la capacidad de dejar bienes directamente a los nietos «saltándose» a los hijos y cómo asegurar la tranquilidad familiar mediante herramientas legales propias de Euskadi.

El fin de la legítima individual

Una de las dudas más frecuentes de los ciudadanos es si se puede dejar parte de la herencia a un nieto sin que esta pase obligatoriamente por los hijos. Con la ley actual en la mano, la respuesta es afirmativa. A diferencia del derecho común, en el Derecho Civil Vasco ya no existe una legítima individual que obligue a repartir bienes entre todos los hijos a partes iguales.

En Euskadi rige la legítima colectiva. Esto implica que los testadores solo tienen la obligación de dejar un tercio de sus bienes a sus descendientes (ya sean hijos o nietos), pero gozan de total libertad para elegir al beneficiario. Se puede designar a un solo hijo, a varios, o directamente a un nieto, apartando al resto de la herencia sin necesidad de alegar causas específicas de desheredación.

El Pacto Sucesorio: La «fórmula redonda»

Más allá del testamento convencional, Sergio Ruiz destaca el pacto sucesorio como la herramienta más eficaz para evitar conflictos futuros. Al ser un contrato entre vivos, todos los firmantes conocen la voluntad de quien transmite, lo que elimina el factor sorpresa y las posibles disputas tras el fallecimiento.

Este instrumento permite una flexibilidad total mediante diferentes modalidades:

  • Transmisión de presente: Entregar la propiedad de un bien (como una vivienda) en el mismo momento de la firma.

  • Reserva de usufructo: Transmitir la propiedad a los hijos o nietos, pero manteniendo el derecho de uso y disfrute de la vivienda para los padres de forma vitalicia.

  • Transmisión a futuro: Funciona como un «testamento cerrado» que no puede modificarse de forma unilateral, aportando una seguridad jurídica absoluta a los herederos.

La combinación de estas fórmulas permite que los transmitentes queden protegidos y cuidados, mientras los beneficiarios reciben el patrimonio de forma clara. Según explica Sergio Ruiz, es la vía idónea para garantizar que la familia «nunca vaya a discutir por los bienes», asegurando la satisfacción de todas las partes y el cumplimiento estricto de la voluntad del testador.


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