El dinamismo de la vida familiar exige que las herramientas jurídicas no sean estáticas. Lo que hoy parece una decisión equilibrada, mañana puede ser fuente de conflictos. En el último espacio de Apuntes Jurídicos, Sergio Ruiz, socio de RASL Abogados, ha dado respuesta a las inquietudes de los oyentes sobre la modificación de testamentos, las ayudas en vida para la compra de vivienda y el peligro de las herencias con deudas.
El testamento: un documento vivo que debe evolucionar
Ante la duda un oyente sobre si es posible modificar el testamento de sus padres ante cambios familiares, la respuesta es clara: «Se puede modificar el testamento las veces que se quiera». El testamento cubre una situación de presente, pero las circunstancias económicas y personales cambian con los años.
Compensar las ayudas en vida: el reto de la vivienda
Una situación cada vez más común es la de padres que ayudan a un hijo a comprar una vivienda mientras los otros hermanos aún no lo necesitan. ¿Se puede equilibrar este reparto para evitar rencores futuros?
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La comunicación es clave: Es fundamental explicar a los hijos las decisiones tomadas para huir del conflicto.
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El Pacto Sucesorio como solución: Esta herramienta permite que todos los herederos sean partícipes y reconozcan la situación en el momento, transmitiendo el inmueble o la ayuda de forma consensuada.
- Evitar el conflicto futuro: «Si esto no lo abordamos así, yo te aseguro que esto acaba en conflicto» , advierte Ruiz, subrayando que es ahora cuando se puede proteger el patrimonio y no cuando los padres ya no estén.
El peligro de las deudas: heredar en Cantabria vs. Euskadi
Luis, desde Castro Urdiales, planteaba un miedo recurrente: ¿qué pasa si la herencia tiene deudas ocultas? Aquí, la geografía jurídica es determinante. Al residir en Cantabria, se aplica el Derecho Civil Común, donde «la aceptación de la herencia pura y simplemente conllevaría la aceptación de todas las deudas».
Para evitar comprometer el patrimonio personal del heredero, el consejo experto es rotundo: «Acepte la herencia a beneficio de inventario». Este procedimiento notarial asegura que las deudas se paguen solo con los bienes de la herencia y no con los del propio bolsillo del heredero. En cambio, Ruiz señala que esta situación de riesgo «con nuestro derecho civil vasco no se da» de la misma forma, lo que resalta la importancia de conocer la ley aplicable en cada territorio.
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