Desorden Mundial: desmontamos la base jurídica del operativo de EEUU contra Venezuela

Un análisis en profundidad del arresto de Nicolás Maduro. Las claves jurídicas y geopolíticas

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Desorden Mundial: desmontamos la base jurídica del operativo de EEUU contra Venezuela

Manifestación pidiendo la vuelta de Nicolás Maduro / Gobierno de Venezuela
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En la sección Desorden Mundial de Egunon Bizkaia, el doctor en Derecho Internacional e investigador postdoctoral de la Universidad del País Vasco, Aritz Obregón, ha desgranado las implicaciones del operativo de EEUU del 3 de enero para detener a Nicolás Maduro. Obregón sostiene que la operación constituye un uso ilícito de la fuerza y vulnera principios esenciales del Derecho Internacional. 

Un “uso ilícito de la fuerza” sin cobertura de la ONU

Obregón ha explicado que EEUU no ha contado con autorización de la ONU ni ha actuado en legítima defensa ante un ataque armado. En consecuencia, la acción ha violado normas imperativas del Derecho Internacional: prohibición de la amenaza o uso de la fuerza, integridad territorial, independencia política y soberanía de los Estados. También ha subrayado que el resto de países está obligado a no reconocer la situación derivada de un acto de agresión ni prestar ayuda para su mantenimiento, añadiendo que los líderes políticos y militares implicados han podido incurrir en crimen internacional de agresión.

Inmunidad de jefes de Estado y límites de la jurisdicción

En el terreno procesal, el investigador de EHU ha remarcado que los jefes de Estado en ejercicio gozan de inmunidad personal ante tribunales penales extranjeros; por ello, ha defendido que Nicolás Maduro no puede ser juzgado por tribunales de terceros estados sin consentimiento de Venezuela. La única excepción que ha señalado ha sido la Corte Penal Internacional, lo que permitiría entender por qué se ha podido plantear el enjuiciamiento de otros mandatarios, Putin o Netanyahu, pero no el de Maduro a falta de orden de detención de la CPI.

Reconocimientos políticos vs. control efectivo del territorio

Obregón ha apuntado que, aunque Estados Unidos ha presentado la operación como una acción policial contra un supuesto “narcoterrorista”, ese planteamiento no tiene base jurídica sólida. Ha recordado que la práctica de no reconocer gobiernos por considerarlos antidemocráticos resulta errática y politizada. A efectos del Derecho Internacional, lo relevante es quién ejerce el control efectivo del territorio. En ese marco, ha recordado que el reconocimiento de Juan Guaidó en 2019 fue una ficción, y que Maduro ha mantenido el control y, por ende, la inmunidad asociada al cargo.

De la hipocresía al cinismo: el giro estratégico de EEUU

Desde la perspectiva de las Relaciones Internacionales, Obregón ha descrito un cambio en la actitud de EEUU: si en el pasado ha intentado la adhesión a las normas —por ejemplo, en Irak en 2003 buscaba justificar la intervención—, ahora ha asumido abiertamente que va a gestionar el petróleo venezolano y va a retener los beneficios, lo que vulnera el derecho de autodeterminación del pueblo venezolano y su soberanía sobre los recursos naturales. Asimismo, ha enmarcado la operación en la recuperación de la Doctrina Monroe y en la competencia hegemónica con China —con Rusia e Irán en el tablero—, advirtiendo de posibles réplicas en otros escenarios como Colombia o Cuba.

Para profundizar, Obregón recomienda dos lecturas: la declaración de la Asociación Española de Profesores de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales sobre la actuación unilateral de EEUU contra Venezuela, publicada el 9 de enero, y la Estrategia de Seguridad Nacional de EEUU, que ayuda a entender la cosmovisión y los objetivos de la Administración estadounidense.

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