En la nueva entrega de Apuntes Jurídicos con Sergio Ruiz de RASL Abogados se ha dado respuesta a consultas de la audiencia sobre parejas de hecho y sucesiones, conflictos entre hermanos y bienes en distintos países.
Parejas de hecho y herencias
Ruiz Aparicio ha aclarado que convivir no equivale a estar casado ni siquiera a ser pareja de hecho registrada. Ha subrayado que, sin testamento o pacto sucesorio, el conviviente no tiene derechos en la herencia. “Fiscalmente a todos los efectos es un extraño”, ha señalado, y ha advertido de que la carga fiscal se vuelve muy gravosa si no existe registro de pareja de hecho o matrimonio.
Evitar conflictos entre hermanos
En relación a la consulta de un oyente que plantea cómo evitar conflictos entre hermanos en un testamento, ha recomendado que las familias se sienten a hablar y planifiquen mediante testamento o pacto sucesorio para prevenir disputas. Ha destacado la utilidad de designar un albacea con facultades de contador partidor, preferentemente un abogado especializado, para que “obligue a todos los herederos a ponerse de acuerdo” y canalize la partición hereditaria cuando se produzcan desacuerdos.
Bienes en Francia y Bilbao: manda la vecindad civil
Ante la consulta de una oyente con vivienda en Francia y otra en Bilbao, ha expuesto que la vecindad civil del causante marca la sucesión y determina la fiscalidad, con independencia de dónde se sitúen los inmuebles. También ha insistido en analizar las contingencias fiscales para decidir la mejor estrategia.
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