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Los Pactos Sucesorios: el mayor avance jurídico para blindar la empresa familiar en Euskadi

Permiten transmitir el patrimonio y el negocio en vida de forma segura, evitando bloqueos societarios y garantizando un ahorro fiscal

Podcast Sociedad

Los pactos sucesorios: el mayor avance jurídico para blindar la empresa familiar en Euskadi

La gestión de una herencia no tiene por qué ser un proceso póstumo lleno de incertidumbres. En la última entrega de Apuntes Jurídicos en EgunOn Bizkaia, Sergio Ruiz, de RASL Abogados, ha analizado cómo los pactos sucesorios se han consolidado como la herramienta estrella para garantizar la supervivencia de las empresas familiares y la paz entre herederos.

Un origen foral adaptado al siglo XXI

Aunque la Ley del Derecho Civil Vasco actual emana de 2015, Sergio Ruiz recuerda que esta figura no es nueva, ya que el pacto sucesorio se aplicaba hace siglos con los fueros y proviene del mundo del caserío en Bizkaia y Gipuzkoa. En aquel entonces, el objetivo era que la actividad económica no se detuviera tras el fallecimiento de un miembro de la familia. Hoy, esa misma lógica se aplica al tejido industrial, siendo para el experto el mayor avance jurídico que se ha hecho en el mundo de la sucesión, ya que permite una transición ordenada de padres a hijos mientras los titulares aún están presentes.

Ventajas fiscales: El beneficio del 95%

Uno de los puntos más atractivos de esta herramienta es su bajísima tributación en comparación con otros modelos. En el ámbito empresarial la ventaja es masiva, puesto que el 95% de las participaciones que se van a transmitir en una sociedad a través de pacto sucesorio están exentas, tributando únicamente el 5% restante. Esta posibilidad de transmitir el negocio en vida sin apenas coste fiscal es una oportunidad que ningún empresario familiar debería ignorar para evitar que el impuesto de sucesiones comprometa la liquidez de la empresa en el futuro.

Blindaje contra el «caos absoluto»

Más allá del dinero, el pacto sucesorio actúa como un manual de instrucciones ante situaciones críticas al permitir incluir cláusulas específicas que un testamento convencional no siempre puede detallar con la misma eficacia. Entre ellas destaca la posibilidad de prohibir la venta de participaciones a terceros ajenos a la familia o la prevención de bloqueos al definir quién toma las decisiones y cómo se forma el órgano de administración. Sergio Ruiz advierte que si esto no se ordena bien, en un testamento nos encontraríamos con el caos absoluto, lo que en el mundo de la empresa significa la muerte mercantil.

¿Cuándo es el mejor momento para planificar?

Ante la duda de si esperar a la vejez o actuar antes, la recomendación de RASL Abogados es clara: la previsión es salud. Es fundamental realizar estos trámites mientras el otorgante goza de plenas capacidades cognitivas, ya que cuanto antes nos informemos y decidamos, mejor. Aunque los 60 años o la edad de jubilación son momentos ideales para organizar el patrimonio, incluso a los 40 o 50 años el pacto sucesorio es la vía más segura si se desea ayudar a los hijos y proteger el patrimonio de forma inmediata.


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