Como cada martes en EgunOn Bizkaia, el espacio ‘Apuntes Jurídicos’ abre su ventanilla legal para resolver las dudas que los oyentes trasladan a la redacción. En esta ocasión, los abogados Pablo de los Ríos y Sergio Ruiz, del bufete RASL Abogados, analizan tres casos prácticos: la instalación inconsentida de antenas de telefonía, los conflictos de herencias tras recibir donaciones en vida y las tretas de las aseguradoras ante una incapacidad laboral.
Antenas en el tejado: la fachada es de la comunidad
El primer caso plantea una situación habitual: un propietario de un último piso da permiso a una compañía telefónica para instalar una antena en su terraza privada, sin consultar al resto del edificio. Pablo de los Ríos es tajante ante esta situación: «La fachada y los elementos exteriores son puramente comunitarios a todos los efectos», independientemente de que el uso de la terraza sea privativo.
Por tanto, la comunidad de propietarios tiene todo el derecho a actuar:
Exigir la retirada: Se puede requerir tanto al vecino como a la compañía (en este caso Orange) el desmontaje inmediato de la instalación.
Negociar un beneficio común: Si a la comunidad no le importa que el elemento permanezca, se puede pactar un acuerdo mercantil para que sea la comunidad la que cobre por ese espacio.
Reclamar el dinero percibido: La comunidad puede exigir al vecino que devuelva los ingresos que ha estado cobrando de forma unilateral e irregular.
Para solucionar esto, los expertos recomiendan convocar una junta extraordinaria urgente para adoptar acuerdos unánimes. En caso de no haber colaboración, el siguiente paso sería interponer una demanda judicial conjunta contra la operadora y contra el vecino. Además, Sergio Ruiz recuerda que estas instalaciones pueden suponer un quebranto de las normas comunitarias y afectar a la salud, por lo que «cualquiera de los vecinos puede intervenir en defensa de sus propios intereses».
Donaciones en vida y el Derecho Civil Vasco
Otra de las consultas recurrentes gira en torno a las herencias: ¿Qué ocurre si un hijo recibe dinero en vida de sus padres y luego reclama su parte de la herencia como si nada?
Sergio Ruiz aclara que bajo el marco del Derecho Civil Vasco la situación ha cambiado notablemente. Actualmente existe una legítima colectiva, lo que otorga una gran libertad al testador. «Con nuestro Derecho Civil Vasco, esa donación no tendría por qué computar en el reparto de la herencia, salvo que el testador haya manifestado lo contrario», explica el letrado.
No obstante, Ruiz matiza que para determinar si el hijo debe «devolver» o computar ese dinero (lo que legalmente se conoce como colación), es imprescindible analizar tres factores: la fecha del fallecimiento, el contenido exacto del testamento y si la donación se especificó explícitamente como colacionable o no.
Por otra parte, ante la pregunta de si un testamento puede obligar a los hijos a ponerse de acuerdo en todo, la respuesta es un rotundo no: «Un testamento nunca va a poder obligar a los herederos a ponerse de acuerdo; para eso existe el pacto sucesorio».
Ojo con los seguros tras una incapacidad
El último bloque aborda la desprotección de los ciudadanos cuando el INSS les concede una incapacidad y la aseguradora del hogar o de vida se niega a pagar la indemnización correspondiente alegando que el afectado «ocultó» una enfermedad previa.
Desde RASL Abogados recuerdan que el reconocimiento de una incapacidad permanente (total o absoluta) suele dar derecho a indemnizaciones importantes que oscilan entre los 60.000 y los 150.000 euros. Por ello, el primer consejo es revisar todas las pólizas contratadas (hogar, vida o las vinculadas a la hipoteca), ya que el plazo para reclamar suele ser de entre 1 y 5 años.
Respecto al rechazo de las compañías bajo el argumento de «engaño» o dolo del asegurado, Pablo de los Ríos explica que la clave reside en el cuestionario de salud que se firmó al contratar: «Si el cuestionario era defectuoso, confuso o la compañía no pidió más documentación médica, difícilmente van a poder alegar ocultación». Si el cliente contestó con la verdad a lo que se le preguntó, la justicia suele ponerse de su lado.
Además, los abogados recuerdan un incentivo vital para litigar: si se gana la reclamación judicial, a partir del segundo año desde el rechazo del siniestro, los intereses de la indemnización suben por ley al 20%.
Si te gusta Apuntes Jurídicos, suscríbete en nuestros canales de podcast:
Y sigue a Radio Popular en las redes sociales:
- Sigue todas las noticias de Bilbao y Bizkaia en nuestro Facebook
- Conoce la radio desde dentro en nuestro Instagram
- Los titulares y los bacalaos del Athletic al minuto en X
- Revive los mejores bacalaos en YouTube
- Recibe las actualizaciones de nuestra programación y nuestras noticias en nuestro canal de Telegram
