RASL Abogados explora las ventajas del pacto sucesorio

Sucesiones en Euskadi. Ponemos el foco en el pacto sucesorio, la legítima colectiva y los efectos fiscales de las transmisiones

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RASL Abogados explora las ventajas del pacto sucesorio

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En EgunOn Bizkaia, dentro de la sección Apuntes Jurídicos, Sergio Ruiz (RASL Abogados) ha respondido a consultas de la audiencia sobre sucesiones en Euskadi, con especial foco en el pacto sucesorio, la legítima colectiva y los efectos fiscales de las transmisiones a hijos y nietos.

Pacto sucesorio y reparto desigual de bienes

Ruiz ha explicado que, cuando una familia ha querido adjudicar una vivienda a una hija o a un hijo y compensar al resto con dinero u otros bienes, el pacto sucesorio se ha mostrado como una herramienta fundamental para evitar conflictos. Ha detallado que Hacienda permite adjudicaciones desiguales siempre que se ordenen correctamente y se respeten los límites fiscales.

La exención de 400.000 € en línea descendente

El letrado ha subrayado que, en línea descendente, se puede aplicar una exención de 400.000 € por descendiente en Euskadi. Ha advertido de que esta exención está vigente ahora y podría cambiar en los próximos años, por lo que muchas familias valoran realizar las transmisiones de presente cuando resulte conveniente.

Legítima colectiva en Euskadi: más flexibilidad

Ruiz ha recordado que en Euskadi existe la legítima colectiva, lo que permite favorecer a una hija o a un hijo sin vulnerar la legítima, e incluso apartarlo en ciertos supuestos, tanto en pacto sucesorio como en testamento, siempre que el ordenamiento se defina con precisión.

Qué revisa Hacienda y qué no

El invitado ha precisado que Hacienda revisa los pactos sucesorios para comprobar su encaje fiscal —si debían tributar por sucesiones o por donaciones—, pero no entra en el contenido civil cuando el instrumento se redacta correctamente. Ha insistido en que “un pacto sucesorio no es una cosa fácil” y ha remarcado la necesidad de sincronizar a todas las partes: instituyente y beneficiarios.

Demencia inicial y capacidad para otorgar

A raíz de la consulta de Xabier de Mungia, Ruiz ha indicado que un diagnóstico inicial de demencia no impide otorgar un poder notarial o un testamento si, mediante el juicio de capacidad notarial, se acredita que la persona comprende el alcance del acto. También ha señalado que, cuando la afectación es grave, el notario no autoriza el otorgamiento.

Heredar a los nietos: salto de generación

En otra pregunta, Elena de Portugalete ha planteado si se puede saltar una generación para beneficiar a los nietos. Ruiz ha confirmado que sí se puede, porque la legítima colectiva se respeta dejando ese tercio a un hijo o a un hijo de hijo, y añade que la exención de 400.000 € también se aplica a nietas y nietos en línea descendente.


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