El espacio «Apuntes Jurídicos» ha contado una semana más con la participación de los abogados Sergio Ruiz y Pablo de los Ríos, quienes han abordado cuestiones fundamentales para el día a día legal de los ciudadanos. Uno de los temas centrales ha sido el colapso en la gestión de las incapacidades por parte de la Seguridad Social, una situación que genera gran indefensión.
El silencio administrativo en las incapacidades
Según explica Pablo de los Ríos, existe un plazo legal de 45 días hábiles para que la administración resuelva una reclamación previa. Si este tiempo transcurre sin una comunicación oficial, se activa el silencio administrativo negativo, lo que implica legalmente que la petición ha sido denegada. En ese preciso momento, se abre una ventana de 30 días hábiles para interponer una demanda en el juzgado. No obstante, el letrado advierte que, debido al colapso administrativo, muchas respuestas están llegando con meses de retraso, a veces hasta 180 días después. Para tranquilidad de los afectados, la recepción de esa respuesta oficial, aunque sea tardía, permite «resucitar» el plazo de 30 días para acudir a la vía judicial, por lo que es vital contar con asesoramiento profesional para no dar el derecho por perdido.
Pacto sucesorio: la alternativa al testamento
En el ámbito de las herencias y la gestión del patrimonio en el País Vasco, Sergio Ruiz ha destacado la importancia del pacto sucesorio como una herramienta mucho más ágil y beneficiosa que el testamento convencional. Ruiz subraya que esta figura permite organizar la transmisión de bienes en vida con total transparencia, aprovechando importantes beneficios fiscales como la exención de 400.000 euros por cada cónyuge hacia sus descendientes. Para el abogado, el testamento se ha convertido en una figura totalmente obsoleta que no responde a las necesidades actuales ni ofrece la misma protección que un pacto bien estructurado. Además, esta fórmula evita a los herederos futuras complicaciones y los elevados gastos que conlleva la escritura de herencia tras el fallecimiento.
Incertidumbre en los contratos de alquiler
Finalmente, la mesa de debate se ha cerrado analizando la situación de «impás» que vive el mercado inmobiliario ante la próxima votación en el Congreso. Actualmente, las subidas de renta están limitadas por ley al 2%, pero la validez de esta medida se decidirá el próximo 28 de abril. Pablo de los Ríos lanza un consejo preventivo para los propietarios que deban actualizar sus contratos en estas fechas: lo más prudente es esperar a que pase el debate parlamentario. Si el decreto decae, como sugieren las previsiones, los arrendadores ya no estarán sujetos a esa limitación forzosa y podrán aplicar las subidas conforme al IPC o los índices pactados originalmente en el contrato, recuperando así el margen de actualización que la normativa actual restringe.
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