Mikel Barrios e Iñigo Gulina Tirapu han aceptado una condena de 1 año, 9 meses y un día de cárcel, más una multa de 9 meses a razón de 12 euros diarios, como responsables del aparato de falsificación de la organización terrorista, en el breve juicio que se ha celebrado este martes en la Audiencia Nacional.
La vista oral ha durado apenas unos minutos por cuanto los dos acusados han llegado a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía por el que han aceptado dicha condena, con una suspensión de tres años, por un delito continuado de falsedad documental. Se trata de una pena menor de la que interesaba inicialmente el Ministerio Público, que era de 3 años de prisión, además de una inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 12 meses a 20 euros por día, con 6 meses de arresto sustitutorio en caso de impago.
En su escrito de conclusiones provisionales, la Fiscalía relataba que «durante al menos el año 2017 e integrados en la organización terrorista» Barrios y Gulina «colaboraron con la estructura técnico-logística de la misma entre cuyas finalidades se encontraba la de elaborar documentos de identidad mendaces a efectos de que los integrantes de ETA pudieran desplazarse libremente sin ser identificados».
Carnets de conducir falsos
Merced a las indicaciones dadas por la Guardia Civil relativas a las actividades delictivas de los acusados, continuaba el escrito, ambos «fueron detenidos en Berlín el 27 de octubre de 2017, procediéndose al registro de los domicilios antedichos, en los que se incautaron 5 CD, 1 DVD, 14 discos duros, 16 dispositivos USB, 6 memorias internas, 6 terminales de teléfono móvil, 7 tarjetas SIM y 33 tarjetas de memoria y micro SD».
Además, se intervino a los acusados dinero en efectivo en sus domicilios: 3.760 euros a Mikel Barrios y 1.650 euros a Íñigo Gulina. Igualmente, en el momento de su detención, Barrios portaba un DNI y un permiso de conducir falso. Gulina, por su parte, portaba tres carnets de conducir mendaces.