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Los partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales, podrán presentar sus listas hasta el 18 de marzo

Cada plancha deberá incluir 25 nombres por Territorio Histórico, con un mínimo del 50% de mujeres
Los partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales, podrán presentar sus listas hasta el 18 de marzo
Colegio electoral de Bilbao / EUROPA PRESS
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Los partidos políticos, coaliciones y agrupaciones electorales vascas podrán presentar, desde este miércoles hasta el 18 de marzo, ante las juntas electorales de los tres territorios históricos, sus listas para las próximas elecciones del 21 de abril. Cada plancha deberá incluir 25 nombres por Territorio Histórico, con un mínimo del 50% de mujeres.

En caso de irregularidades, las juntas electorales deberán comunicarlas para su subsanación entre 22 y 24 de marzo. Una vez pasado ese plazo de rectificación, el lunes 25 de marzo, las juntas electorales proclamarán las candidaturas de manera definitiva y, un día después, se publicarán en el Boletín Oficial del País Vasco, con lo que serán ya oficiales.

Para ser proclamadas las candidaturas deberán estar integradas por, al menos, un 50% de mujeres, tal y como establece la normativa vasca en materia de igualdad de mujeres y hombres.

25 personas por plancha

Cada plancha deberá constar de 25 personas por Territorio Histórico. Además, los partidos políticos, coaliciones o agrupaciones electorales deberán añadir un número de suplencias no inferior a tres ni superior a cinco.

Para la inscripción de la lista, se debe aportar la documentación que detalla la normativa electoral y cuyos impresos están disponibles, en formato electrónico y editable, en la página web del Gobierno Vasco.

Esta debe recoger la denominación, siglas y símbolo de identificación de la candidatura, y que no podrán ser modificados durante el desarrollo del proceso electoral. También se incluyen el nombre y apellidos de las personas candidatas y suplentes, su domicilio exacto y su orden de colocación dentro de la lista, así como el nombre y apellidos de cada representante territorial de la candidatura, con domicilio en la capitale del Territorio Histórico.

También se exige el documento acreditativo de la aceptación de la candidatura suscrito por cada candidata o candidato, así como sus suplentes, y una declaración formal de que sólo forma parte de una lista, dentro de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Otro requisito a adjuntar es la certificación de que la persona candidata se encuentra inscrita en el censo electoral vigente.

Información sobre el proceso

El Gobierno Vasco ha puesto en marcha y a disposición de la ciudadanía, desde el pasado 27 de febrero, fecha de publicación en el BOPV del decreto de convocatoria, una web de elecciones en la que se recoge toda la información referente al proceso electoral del próximo 21 de abril.

El portal ofrece, según el Ejecutivo, «un importante volumen de información» sobre la cronología del proceso, el marco legal en el que se desarrolla, los procedimientos de voto y de voto por correo, guías para el electorado y para las personas llamadas a integrar las mesas electorales, preguntas y respuestas así como impresos electrónicos.

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