Condenan a Seguridad por negligencia tras el accidente de un ertzaina en un control de alcoholemia

El Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco y su seguro deberá indemnizar a este ertzaina con la cantidad de 14.791 euros
Condenan a Seguridad por negligencia tras el accidente de un ertzaina en un control de alcoholemia
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El Juzgado de lo Social número 1 de Eibar (Gipuzkoa) ha condenado al Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco y a su seguro a indemnizar a un ertzaina con la cantidad de 14.791 euros más los intereses legales por negligencia acreditada a la hora de evitar el riesgo del accidente laboral sufrido por el agente durante un control de alcoholemia, según ha informado ELA.

En una nota, el sindicato ha explicado que en la sentencia, ganada por Bidelagun, fundación creada por el sindicato para proteger la salud laboral de la clase trabajadora, la jueza da por probado que el agente no recibió formación ni información específica sobre el manejo de la furgoneta.

Asimismo, la jueza estima que la nueva furgoneta suponía introducir un nuevo equipo de trabajo que presentaba «variaciones sustanciales» respecto a los vehículos que conducía el agente normalmente pero no se puso ni siquiera a su disposición un manual de instrucciones del vehículo.

En cuanto a la alegación del Departamento y de la aseguradora que consideraban suficiente estar en posesión del carné de conducir B1, la jueza afirma que «el carné de conducir B1 en modo alguno implica conocer el manejo de cualquier vehículo, manual o automático, ni las características especiales y propias de cada modelo».

De esta forma, y puesto que el juzgado «da por acreditado la culpa o negligencia» del Departamento para evitar el riesgo del accidente laboral sufrido por el ertzaina en un control de alcoholemia, condena al Departamento de Seguridad a abonar al agente más de 15.000 euros por «negligencia».

Los hechos juzgados se remontan al 8 de marzo de 2019 cuando el ertzaina, adscrito a seguridad ciudadana, realizaba un control de alcoholemia, utilizando para ello una furgoneta automática de reciente adquisición.

El agente, al dejar la furgoneta en posición de control de alcoholemia, accionó el cambio de marchas en la misma posición que venía haciéndolo de forma habitual en los otros vehículos que utilizaba (también automáticos, pero con un sistema diferente) y en lugar del punto muerto, entró la marcha atrás, atrapando el vehículo el pie del trabajador.

Tras conocer el fallo, desde Bidelagun valoran «muy positivamente» la sentencia, en cuanto «recuerda a las empresas e instituciones que deben garantizar que sus plantillas reciban formación e información adecuadas de los riesgos derivados de los equipos de trabajo, así como sobre las medidas de prevención y protección necesarias para raelizar su labor».

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