La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a seis meses de prisión y una multa de 540 euros al socio único y al comercial de un concesionario de Getxo como autores de un delito continuado de estafa en la venta de vehículos de segunda mano, con las atenuantes de reparación del daño y de dilaciones indebidas.
En una sentencia dictada de conformidad y contra la que no cabe recurso, el tribunal declara probado que ambos, actuando de común acuerdo y en «ejecución de un plan concertado», llevaron a cabo una «multitud de operaciones» entre finales de 2016 y principios de 2018 con el objeto de lucrarse con el precio de los vehículos de segunda mano que vendían.
Según consta en la resolución, ambos faltaban a la verdad sobre el estado de los vehículos, no respetaban las reservas hechas, realizaban dobles ventas, ocultaban el kilometraje real de los coches y su estado «a sabiendas de que a los pocos días aparecerían anomalías y averías», entre otras «malas prácticas empresariales tendentes a lucrarse a través del engaño» a unos clientes que adquirían los vehículos «en la creencia errónea de que eran aptos para circular».
Atenuantes
La Audiencia de Bizkaia valora la circunstancia atenuante de reparación del daño, ya que los sentenciados han consignado 41.001 euros para cubrir el deber civil correspondiente a 20 víctimas, cuyas compensaciones ya han sido establecidas. En cuanto a otros 13 perjudicados, se definirá la cantidad en la ejecución de la sentencia. Además, admite que la causa ha estado estancada en varias ocasiones por motivos ajenos a los acusados, razón por la cual aplica también el atenuante de dilaciones indebidas al fijar la condena.
En última instancia, el tribunal decide interrumpir la ejecución de la condena a prisión durante dos años, con la condición de que los convictos no cometan ningún delito en ese lapso y cumplan con el deber civil de las víctimas. La cantidad se fijará en ejecución de sentencia.