Herencias, medidas de apoyo y pactos sucesorios

El relevo generacional y la protección de personas con discapacidad centran las dudas jurídicas de los oyentes

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Herencias, medidas de apoyo y pactos sucesorios

En una nueva entrega de Apuntes Jurídicos en EgunOn Bizkaia, los profesionales de RASL Abogados han abordado situaciones complejas que afectan al día a día de muchas familias: desde qué ocurre cuando un heredero fallece prematuramente, hasta cómo gestionar la pérdida de facultades de un ser querido o cómo planificar el patrimonio sin generar conflictos.

¿Qué sucede si un heredero fallece antes que el testador?

Una de las dudas más comunes es la gestión de la parte de la herencia que correspondía a una persona ya fallecida. Según explica Sergio Ruiz, la solución técnica depende de la existencia de descendencia:

  • Derecho de representación: Si el fallecido tiene hijos, estos ocupan su lugar. «Sus hijos pueden ocupar ese lugar y se mantiene inalterado el reparto hereditario».

  • Derecho de acrecimiento: Si no hay descendientes, esa parte suele repartirse entre los herederos supervivientes (superstites).

  • El matiz del cónyuge: Es fundamental aclarar que en el derecho de representación no opera el cónyuge o pareja de hecho; es decir, la viuda o viudo del heredero fallecido no ocupa su lugar en la línea sucesoria de los suegros.

De la «incapacidad» a las nuevas Medidas de Apoyo

Ante casos de enfermedades neurodegenerativas, como la demencia, la legislación ha evolucionado para ser más humana y ágil. Pablo de los Ríos destaca que la antigua «incapacidad civil» —que anulaba por completo a la persona— ha dado paso a las medidas de apoyo. Estas medidas buscan ayudar a la persona en aspectos donde ya no puede gobernarse por sí misma, como la administración del dinero o el seguimiento de pautas médicas. «Se tramitan con mucha rapidez en el juzgado (dos o tres meses) y con mucho cariño por parte de los profesionales, porque se inician por necesidad». Lo ideal en estos casos es solicitar un curador representativo que supervise el patrimonio y las autorizaciones médicas, garantizando el bienestar del familiar afectado.

Pacto Sucesorio: Heredar en vida con ventajas fiscales

Hablar de dinero en familia suele ser tabú, pero los expertos de RASL Abogados subrayan que el objetivo real no es la cifra, sino la paz mental. «Lo importante es el deseo de los padres de quedarse tranquilos y evitar el conflicto familiar el día de mañana». Una herramienta clave es el pacto sucesorio, que permite dejar todo resuelto sin que los hijos tengan que otorgar escrituras de aceptación tras el fallecimiento. Además, existen importantes beneficios fiscales: en la actualidad, existe una exención de 400.000 euros por cada hijo de cada uno de los progenitores. Esto permite transmitir un patrimonio sin pagar un solo euro en impuestos, protegiendo la seguridad económica de los descendientes de forma inmediata. «Cuando los hijos entienden que están protegiendo el patrimonio y se ven beneficiados, se llega al entendimiento». La clave, concluyen, es acudir a profesionales que expliquen los matices para tomar la decisión con calma y seguridad. 


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