Tener atado siempre a tu perro te puede costar hasta 100.000 euros de multa

Eudel ha puesto a disposición de los ayuntamientos la norma con las competencias municipales de protección de animales
Tener atado siempre a tu perro te puede costar hasta 100.000 euros de multa
Niña con su perro / Depositphotos
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Eudel ha puesto a disposición de los ayuntamientos vascos la ordenanza que concreta y desarrolla las competencias municipales de protección de los derechos y bienestar de los animales que, entre otras cuestiones, establece sanciones van desde los 100 euros, para las infracciones leves, y hasta los 100.000 euros en el caso de las muy graves.

Según ha informado la Asociación de Municipios vascos, la ordenanza, que ya ha sido aprobada por la Comisión Ejecutiva, ha supuesto un año y medio de trabajo de un grupo técnico conformado por ayuntamientos de los tres territorios. El documento consta de un total de 47 artículos, entre ellos disposiciones concretas sobre animales potencialmente peligrosos.

Se adaptará en cada municipio

La nueva ordenanza tiene un carácter de recomendación y puede acomodarse a la realidad específica del municipio a través de la adaptación, en su caso, que cada Ayuntamiento determine.

Su ámbito de aplicación son los animales de compañía, principalmente perros, gatos y hurones, así como animales auxiliares (perros pastores, de rescate…) y exóticos. Por estar sujetos a su propia normativa, y ser competencia de otras administraciones, quedan excluidas la caza, pesca y ganadería, el control de plagas, el comercio y venta de animales, los núcleos zoológicos, la tauromaquia y espectáculos públicos o actividades recreativas con animales de compañía.

Este nuevo documento normativo actualiza la ordenanza vigente desde 2006, también elaborada por Eudel, y desarrolla de manera exhaustiva las responsabilidades municipales, como las zonas de esparcimiento para perros o el acceso de animales a establecimientos y transportes. Entre las nuevas competencias de los ayuntamientos destacan la gestión de colonias felinas y el control de gatos comunitarios, o disponer un centro municipal o concertado para la custodia temporal de animales recogidos en la vía pública.

La presidenta de Eudel y alcaldesa de Derio, Esther Apraiz, ha explicado que «los ayuntamientos somos responsables de regular el espacio público, también como entorno de convivencia entre las personas y los animales de compañía».

Promover el cuidado y bienestar de los animales

«La ordenanza es una herramienta común para que los Ayuntamientos vascos podamos controlar y promover el cuidado y bienestar de los animales en nuestros municipios, con todas las garantías de seguridad y salud pública y evitando conflictos vecinales», ha añadido.

A su juicio, la ordenanza municipal supone un salto cualitativo al incluir el concepto de bienestar de los animales, reconociéndolos como seres vivos «sintientes». «Esta ordenanza fija las obligaciones y prohibiciones que deben regir la tenencia responsable, desde la consideración y el respeto; a fin de evitar comportamientos intolerables en una sociedad avanzada, como el maltrato o el abandono», ha precisado.

Leves, graves y muy graves

La ordenanza establece así infracciones leves de apercibimiento o multa, de 100 a 3.000 euros, por cuestiones como causar dolor, miedo o estrés, no esterilizar a perros y gatos previo a su transmisión; transportarles en condiciones indebidas; no proporcionar tratamientos veterinarios; filmar o fotografiar escenas de crueldad; no retirar deyecciones de la vía pública o no limpiar orines de fachadas y mobiliario urbano.

Del mismo modo, fija multas de 3.001 a 10.000 euros para infracciones graves por infringir lesiones, trato vejatorio, sorteos, rifas o donación con fines publicitarios, no prestar asistencia veterinaria, dejar solo al animal más de 12 horas (gato/hurón) o 24 (perro), así como mantener al animal en vehículos sin ventilación.

Entre las infracciones muy graves, que abarcan multas de 10.001 a 100.000 euros, se encuentran maltratar, mutilar, sacrificar o esterilizar sin control veterinario, mantener atado de manera permanente al animal, utilizar collares de castigo, o suministrar alcohol, drogas o fármacos.

Prohibido el acceso y permanencia con animales de compañía en zonas de juegos infantiles

Entre los ámbitos regulados en la ordenanza se encuentran una convivencia responsable de tal modo que queda expresamente prohibido el acceso y permanencia con animales de compañía en zonas de juegos infantiles, parques biosaludables y pistas multideporte.

También se prohíbe el baño de animales en fuentes ornamentales y que estos beban directamente de las fuentes de agua potable para consumo humano.

El Ayuntamiento determinará los horarios y las zonas del municipio, como espacios, jardines, parques públicos o playas, donde los perros puedan estar sueltos. Con carácter general, los transportes públicos y establecimientos, excepto los de alimentación, permitirán el acceso de animales sujetos y controlados, que cumplan las medidas de seguridad del recinto y condiciones higiénico-sanitarias adecuadas.

Además, queda expresamente prohibido el acceso de animales de compañía a comercios de alimentación, mercados y supermercados; a los espacios de espectáculos públicos, a las piscinas o locales sanitarios, entre otros.

Respecto al transporte de animales en vehículo privado, deberán ir en la parte trasera del vehículo y emplear los medios de sujeción y/o seguridad que se establezcan en la normativa de Seguridad Vial, así como disponer de un sistema de climatización y ventilación para garantizar el confort del animal.

COLONIAS FELINAS

También establece que, a partir de ahora, es competencia de los ayuntamientos controlar la población de gatos comunitarios en cada municipio, que se realizará mediante el método CER (Captura, esterilización, marcaje y retorno) y con el desarrollo de Programas de Gestión de Colonias Felinas.

Además, se crea el Censo Municipal de Gatos Comunitarios donde se inscribirán las colonias felinas reconocidas por el Ayuntamiento. Por otro lado, los particulares no podrán eliminar cadáveres de animales por cuenta propia ni depositarlos en contenedores de basura. El ayuntamiento, o la empresa designada para la retirada del animal, contactará con el propietario quien se hará cargo del coste.

También queda prohibido depositar alimentos en vía pública para dar de comer a los animales, salvo en el caso de colonias felinas reconocidas por el Ayuntamiento y por personas responsables para ello.

Del mismo modo, corresponde al Ayuntamiento la recogida de la vía pública de animales extraviados o abandonados. Además, el Ayuntamiento podrá conveniar con aquellas asociaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas y registradas, la realización de actividades encaminadas a la protección y defensa de los animales o la concienciación en tenencia responsable.

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